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Experto advierte vacío legal sobre impugnaciones tras proclamación electoral del JNE

Publicado el 18 de mayo de 2026

El especialista en temas electorales José Naupari señaló que existe un conflicto entre la Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones respecto a la posibilidad de presentar impugnaciones luego de la proclamación de resultados electorales por parte del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Las declaraciones fueron brindadas durante una entrevista en el programa “Con el Pie Derecho”, de Alfonso Baella Herrera, emitido por Bethel Radio 100.1 FM.

 

Naupari explicó que la Constitución establece que contra las resoluciones emitidas por el JNE “no cabe impugnación o recurso alguno”. Sin embargo, precisó que la Ley Orgánica de Elecciones contempla un plazo de tres días calendario para presentar cuestionamientos vinculados a las actas de proclamación, lo que —según indicó— genera una contradicción normativa que podría dar pie a controversias legales en el actual proceso electoral.

 

El especialista sostuvo que, pese a la proclamación oficial de resultados, todavía podría existir la posibilidad de reclamar respecto de determinadas actas dentro de los plazos establecidos en la legislación electoral. Asimismo, recordó que, siguiendo estrictamente el cronograma legal, la proclamación de resultados debió realizarse entre el 20 y el 21 de mayo.

 

Durante la entrevista, Naupari cuestionó además que el Congreso no haya realizado modificaciones a la Ley Orgánica de Elecciones durante los últimos cinco años para aclarar este escenario jurídico. Señaló que el Parlamento tuvo la posibilidad de incorporar una causal de “nulidad cualitativa” en procesos presidenciales, pero finalmente no lo hizo.

 

En ese sentido, recordó que en el ámbito municipal sí existe una disposición específica contemplada en el artículo 36 de la normativa electoral, la cual permite declarar una nulidad total ante graves irregularidades que puedan alterar el resultado de una elección. Según indicó, el Congreso pudo trasladar ese mismo criterio a la legislación aplicable a elecciones generales, aunque la reforma nunca llegó a concretarse.

 

 

 

 

Fuente: CanalB

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