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Sociedad Peruana de Derecho Internacional considera improcedente el asilo diplomático otorgado a Nadine Heredia

Publicado el 21 de abril de 2025

La Sociedad Peruana de Derecho Internacional (SPDI) expresó su rechazo a la concesión de asilo diplomático a Nadine Heredia, señalando que la medida sería jurídicamente inviable bajo los tratados internacionales suscritos por el Perú y Brasil.

 

En un pronunciamiento oficial, el Consejo Directivo de la entidad sostuvo que la exprimera dama no califica para acogerse a este beneficio, dado que ha sido condenada por delitos comunes y no por persecución política.

 

Según el comunicado, la solicitud de asilo de Heredia —formalizada tras su ingreso a la embajada de Brasil en Lima, luego de recibir una condena de 15 años de prisión efectiva por lavado de activos— contraviene lo dispuesto en la Convención sobre Asilo Diplomático de Caracas de 1954. Esta norma estipula que no procede el asilo para personas ya sentenciadas por tribunales ordinarios, salvo que el caso tenga un claro componente político, lo cual, según la SPDI, no se presenta en este caso.

 

La institución subrayó que el proceso judicial seguido contra Heredia respetó plenamente las garantías del debido proceso y fue llevado a cabo por jueces competentes sin indicios de injerencias políticas o presiones externas. Además, recordó que Brasil, como parte de compromisos internacionales contra la corrupción, como la Convención de las Naciones Unidas y la Interamericana contra la Corrupción, tiene la obligación de actuar conforme al principio de lucha contra este tipo de delitos.

 

Finalmente, la SPDI afirmó que, en un contexto donde ya existe una sentencia firme emitida legalmente, ningún órgano del Ejecutivo peruano puede emitir un salvoconducto para permitir que la señora Heredia eluda el cumplimiento de su condena. Para la institución, permitir su salida del país significaría una vulneración al orden constitucional y a las obligaciones internacionales del Estado.

 

 

 

 

 

Fuente: CanalB

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