Política

Gobierno promulga ley que autoriza sétimo retiro de fondos de las AFP

Publicado el 18 de abril de 2024

El Ejecutivo ha promulgado la Ley 32002, que permite un retiro extraordinario y facultativo de los fondos de los afiliados a las AFP por un máximo de cuatro UIT, equivalentes a S/ 20,600. Esta medida responde a la aprobación por insistencia del Congreso de la República el pasado 11 de abril.

 

La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, indica que el procedimiento para el retiro será determinado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) en un plazo máximo de quince días contados a partir de su entrada en vigor.

 

El ministro de Economía, José Arista, previamente había expresado que el Ejecutivo no observaría la ley para evitar un enfrentamiento con el Parlamento, considerando la "batalla casi perdida". Arista mencionó que el Gobierno buscará influir en otras normativas que está tramitando el Congreso.

 

Según la disposición complementaria de la ley, los afiliados podrán solicitar el retiro de manera física o virtual dentro de los noventa días siguientes a la vigencia del reglamento. Los desembolsos se realizarán en pagos mensuales de hasta una UIT, con el primer pago un mes después de la solicitud ante la AFP correspondiente. Además, se permite a los afiliados desistir del retiro en cualquier momento, comunicándolo diez días antes del próximo desembolso.

 

 

 

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