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Indecopi multa a Scotiabank por llamadas comerciales sin consentimiento de usuarios

Publicado el 21 de abril de 2026

El Indecopi impuso una multa superior a S/ 1.1 millones a Scotiabank Perú por realizar llamadas comerciales sin contar con la autorización previa de los consumidores, infringiendo el Código de Protección y Defensa del Consumidor. La sanción fue determinada en primera instancia administrativa por la Comisión de Protección al Consumidor N.° 3.

 

Según detalló la entidad, la multa asciende a 202.96 UIT, equivalente a S/ 1’116,280. La infracción fue identificada a partir de una investigación liderada por la Dirección de Fiscalización, que utilizó herramientas de inteligencia artificial y análisis de datos para evaluar audios de llamadas realizadas por la entidad financiera.

 

Durante el proceso, el personal técnico revisó diversas comunicaciones en las que no se pudo acreditar el consentimiento de los usuarios para recibir este tipo de llamadas. Esta falta constituye una vulneración directa a los derechos de los consumidores, en particular en lo referido a la protección frente a prácticas comerciales invasivas.

 

La resolución aún no es definitiva, ya que la entidad bancaria puede presentar un recurso de apelación. De hacerlo, el caso será elevado a la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi, que actúa como segunda y última instancia administrativa.

 

En paralelo, el organismo informó que mantiene investigaciones en curso contra otras empresas por presuntas prácticas similares, entre ellas Banco de Crédito del Perú, Santander Consumer Bank, Oncosalud, Interseguro, Interbank, Claro Perú y Movistar Perú, lo que evidencia una problemática extendida en el uso de llamadas comerciales sin autorización en el país.

 

 

 

Fuente: CanalB

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