Por Willy Ramírez Chávarry, publicado en Expreso
Nuestra Carta Fundamental establece que el presidente del Consejo de Ministros puede plantear ante la Cámara de Diputados una cuestión de confianza a nombre del Consejo. Si la confianza le es rehusada, o si es censurado, o si renuncia o es removido por el presidente de la República, se produce la crisis total del gabinete.
En una república constitucional, ningún poder puede considerarse absoluto ni inmune al control. La crisis total del gabinete, consagrada constitucionalmente y reformada por la Ley Nº 31988, constituye una manifestación elocuente del principio de responsabilidad política que debe regir toda relación entre el Ejecutivo y el Parlamento. Esta figura no se reduce a una fórmula procedimental, sino que encierra una lógica sustantiva de control, legitimación y recomposición del poder en contextos de pérdida de confianza política.
La norma constitucional establece que si el presidente del Consejo de Ministros es censurado, renuncia, es removido por el presidente de la República o le es rechazada la cuestión de confianza planteada en nombre del Consejo, se activa automáticamente la crisis total del gabinete. No se trata de un simple cambio de rostros ministeriales: lo que está en juego es la necesidad de reiniciar el diálogo institucional, reconstruir consensos y reconfigurar el respaldo político necesario para gobernar en democracia.
Esta figura tiene raíces firmes en nuestra historia constitucional. La Constitución de 1933, en sus artículos 154.7 y 158, ya introducía la posibilidad de que la remoción o renuncia del presidente del Consejo implicara la caída de todo el gabinete. La Carta de 1979, en su artículo 226, perfeccionó esta visión al integrarla en un modelo más deliberativo, propio de un parlamentarismo atenuado. La reforma de 2024, acorde con la Ley Nº 31355 de 2021, reafirma esta tradición, pero con una precisión crucial: la cuestión de confianza solo puede versar sobre materias propias del ámbito competencial del Ejecutivo, evitando así su uso distorsionado como instrumento de presión política.
Desde una perspectiva filosófico-política, la crisis total del gabinete debe entenderse como una válvula institucional que previene la inercia o el autoritarismo. Reafirma el principio —tanto clásico como moderno— de que quien ejerce el poder debe justificarlo permanentemente. La censura o el rechazo a una política gubernamental representan, en este sentido, un juicio político legítimo que exige consecuencias reales. Se trata de un llamado a recomponer el pacto de gobernabilidad, bajo nuevas condiciones de confianza y responsabilidad compartida.
Asimismo, desde el enfoque de los derechos humanos, esta figura se articula con el derecho de la ciudadanía a participar en los asuntos públicos y a recibir información completa y veraz sobre la gestión gubernamental. Al forzar la reestructuración del gabinete, se reactiva el diálogo entre poderes y se fortalece la transparencia, uno de los pilares del constitucionalismo contemporáneo. La deliberación pública que precede o sigue a una crisis total no solo visibiliza conflictos, sino que también abre oportunidades para revisar rumbos y corregir decisiones.
En síntesis, la crisis total del gabinete no es una señal de debilidad institucional, sino un mecanismo constitucional saludable que preserva la dinámica democrática. Permite reconfigurar el poder ejecutivo en momentos de tensión, fortalecer la legitimidad de origen mediante la legitimidad de ejercicio y consolidar el principio de control recíproco como eje estructural del sistema republicano. Bien aplicada, puede ser una oportunidad para fortalecer el gobierno, reafirmar el diálogo institucional y profundizar la democracia. No es una anomalía: es un recordatorio de que, en una república, gobernar exige siempre rendir cuentas.
Fuente: CanalB
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