El presidente del Congreso, Eduardo Salhuana (Alianza para el Progreso), ordenó al Ejecutivo la promulgación de las leyes sobre lesa inmunidad y organización criminal. Esto, luego de que el Gobierno de la mandataria Dina Boluarte optara por no observar las normas aprobadas en el Parlamento.
La primera norma, que especifica la correcta aplicación de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, detalla que el Estatuto de Roma entró en vigor en el ordenamiento jurídico peruano recién el 1 de julio del 2002; mientras que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, el 9 de noviembre de 2003.
Por lo tanto, el texto especifica que "nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 1 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional".
“Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, agrega.
En tanto, la norma que modifica la definición de organización criminal indica que se considerará como tal a todo grupo “con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa”, conformado por tres o más personas, que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles para la comisión de delitos sancionados con más de seis años de cárcel.
Además, en referencia al allanamiento, señala que deberá realizarse con presencia del investigado y de su abogado, y, de no contar con uno, se le proporcionará una defensa de oficio.
Fuente: CanalB
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