Por Ricardo Vásquez Kunze, publicado en Expreso
Recientemente una sentencia del Tribunal Constitucional ha ordenado a el Reniec a inscribir a los dos hijos del activista gay Ricardo Morán. Antes de la sentencia, Morán no podía inscribir a sus hijos como peruanos en el Reniec, habida cuenta de un artículo explícito en el Código Civil que señala que sólo la madre tiene la prerrogativa de hacerlo sin dar fe del padre, incluso poniendo en su reemplazo los dos apellidos maternos. Así las cosas, cuando Morán quería inscribir a sus hijos y se le preguntaba el nombre de la madre, este decía que no tenían madre porque habían sido fruto de un vientre de alquiler o maternidad subrogada. La ley no permite en el Perú esta figura. Por eso el Reniec, con toda justicia, se negaba a proceder. Con la sentencia del TC esto cambia, aunque sólo sea para el caso específico de Morán. El TC razona que existiría una desigualdad entre el tratamiento entre hombre y mujer en favor de la mujer, por lo que dispone “igualarlos”. Sin embargo, la lógica y el sentido común del TC es cuestionable.
La razón de ser de que el Código Civil le permita a la madre prescindir de dar cuenta del padre es que la maternidad es indubitable, mientras que la paternidad no. Cualquiera en la sociedad puede dar fe de que Juana Pérez es la madre de un niño X. Nueve meses de embarazo dan fe de ello. De otro lado, esa misma sociedad no necesariamente puede dar fe del padre de X porque a fin de cuentas podría ser cualquiera. Así, dado el caso, el registro civil supone que la mujer que va a inscribir a un niño es la madre, aunque no se sepa quién es el padre. ¿Pero qué pasa si un hombre va al registro civil a inscribir dos críos y prescinde del nombre de la madre? ¿Por qué habría que creer que él es el padre? ¿Se trata de un secuestro acaso? ¿O de tráfico de niños? ¿Cómo da fe si la sociedad no es testigo de la paternidad como sí lo es de la maternidad? ¿A través del ADN? Esa sería la única forma de demostrar que no se está permitiendo un delito. ¿Ha precavido esto el TC? Es cierto que podría darse el caso de una estafa materna, es decir que una mujer que no es la madre se haga pasar por tal frente al registro civil. Pero esto es una excepción a la regla. Cuando el TC equipara los mismos derechos a la madre que al padre está constituyendo en regla la sola palabra del padre de que los hijos son suyos y eso atenta contra el sentido común. Finalmente, este mismo sentido común se expresa en la sabiduría popular de que madre solo hay una, aunque el lobby gay y los caviares se nieguen a reconocerlo.
Fuente: CanalB
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