El Pleno del Tribunal Constitucional del Perú, por mayoría, declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad que presentó el Poder Ejecutivo contra la ley 31399, que regula el referéndum.
La sentencia fue emitida por los magistrados Gustavo Gutiérrez, Manuel Monteagudo, Francisco Morales, Luz Pacheco y Helder Domínguez, mientras que César Ochoa estuvo en desacuerdo con sus colegas votando a favor de declarar fundada la demanda.
Así, la mayoría de tribunos determinó que la norma en cuestión no contraviene la Constitución y que el poder de hacer reformas siempre está sujeto a reglas determinadas, dado que se trata de un poder constituido que toma forma en el Congreso de la República.
De la misma manera, sobre la Asamblea Constituyente se resolvió que hoy representa una alternativa antijurídica que solo sería posible con un acto contrario al derecho.
Sin embargo, también se pone de manifiesto que el Parlamento podría constitucionalizarla como una alternativa para darle legitimidad a algunos procesos de reforma, implantando un dispositivo expreso en la Constitución Política.
Fuente: CanalB
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