El Tribunal Constitucional (TC) anuló la investigación preparatoria del caso conocido como “Waykis” y ordenó que el proceso retroceda a la etapa preliminar, al determinar que el juez Richard Concepción Carhuancho y el fiscal Carlos Ordaya actuaron al margen de la ley para mantener detenido al abogado Mateo Castañeda. La decisión incluye el inicio de un procesamiento contra el magistrado por las irregularidades detectadas.
Según lo resuelto por el TC, la actuación judicial vulneró normas básicas del debido proceso, particularmente en lo referido a los plazos de notificación de la resolución que dispuso la prisión preliminar de Castañeda. El fallo señala que, aunque la resolución fue leída el 22 de noviembre de 2024, la notificación formal recién se efectuó el 4 de diciembre, es decir, doce días después, pese a que la ley establece un plazo máximo de 48 horas.
El tribunal cuestionó de manera expresa el criterio aplicado por Concepción Carhuancho, quien sostuvo que el plazo para apelar debía computarse desde la transcripción de la resolución y no desde su lectura. Para el TC, esta interpretación resulta extralegal y arbitraria, ya que el Nuevo Código Procesal Penal no contempla dicha condición para el inicio de los plazos procesales.
En la resolución también se recoge el habeas corpus presentado por Eduardo Barriga, en el cual se advierte que la prisión preventiva se ejecutó de forma inmediata, sin que la defensa pudiera conocer oportunamente los fundamentos completos de la medida, lo que limitó su derecho a responder y solicitar la libertad del detenido.
El Tribunal Constitucional concluyó que estas irregularidades afectaron gravemente el derecho a la defensa y el debido proceso, por lo que correspondía anular los actos derivados de dichas decisiones judiciales. En ese sentido, todas las consecuencias procesales del caso “Waykis” quedan sin efecto y el expediente deberá reiniciarse desde la fase preliminar.
Cabe recordar que Mateo Castañeda fue abogado de la expresidenta Dina Boluarte y que su detención se produjo en el contexto de actuaciones impulsadas por el entonces Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder (Eficcop), hoy desactivado. El TC consideró que los allanamientos y medidas restrictivas ejecutadas en ese marco fueron ilegales, lo que motivó la anulación del caso y la apertura de responsabilidades contra las autoridades involucradas.
Fuente: CanalB
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