Por Carlos E. Gálvez Pinillos, expresidente de la SNMPE
En el Perú hemos creado un ambiente de crispación a partir de la minería informal/ilegal. Que si los mineros tienen REINFO o si no lo tienen. Que si las plantas de tratamiento sin mina, son formales, son parte del problema o si son parte de la solución.
Hay tanto político en campaña que habla sin saber, son populistas o cuando no, simplemente mentirosos; que es importante fijar en la población algunas ideas.
Tenemos un problema complejo, puesto que, hay una legislación que es muy clara y que considera:
Esto ahora lo están “deconstruyendo”, tal como le gusta denominarlo a los progres para tratar de inventar nuevos conceptos, pero fuera del marco de la ley.
Además, una vez creada la regionalización y destruida la unidad de gobierno y de criterio, se trasladó el sistema de permisos, de supervisión y control, a los gobiernos regionales -instancias en las que la corrupción campea- en lugar de mantenerlo centralizado a nivel de gobierno nacional.
Lo dicho no es algo menor, puesto que, tanto los mineros artesanales, como las plantas de tratamiento sin mina con capacidad de hasta 350 TM/día, son autorizadas, supervisadas y controladas por las gerencias regionales de energía y minas.
Estas gerencias no cuentan con presupuestos adecuados, ni profesionales idóneos, al margen del ámbito de corrupción en el que se mueven, dentro de una actividad que maneja millones de dólares y amplios márgenes de ganancia.
Ciertamente es atendible el reclamo de los mineros artesanales, por lo oneroso y laborioso que les resulta poner en regla su propiedad; y por eso la normativa debe simplificarse para todos.
Pero dicho eso, las plantas de tratamiento sin mina, aquellas que reciben toda la producción de oro de estos micro productores, han realizado una inversión millonaria para este fin, podrían perfectamente y deberían de convertirse en el punto de conexión entre la informalidad y la economía formal. Esto es, dejar de ser parte del problema para, convirtiéndose en una “isla de excelencia”, ser parte de la solución.
Por esta razón, las plantas de tratamiento sin mina, sin importar la escala de tratamiento, deben de recibir la concesión de beneficio directamente del ministerio de energía y minas, deben de tener la supervisión y autorización de SENACE, OEFA, OSINERGMIN, SUNAFIL y SUNAT.
Lo propuesto, debe ser una barrera infranqueable para quienes quieran recibir minerales de terceros, tratarlos, comercializarlos y estar obligados a fungir como agente de recaudación tributaria de todos aquellos que se quieran formalizar, bajo la estricta mirada de la SUNAT.
Si queremos estructurar una solución para la minería a pequeña escala, debemos hacerlo a partir de una institucionalidad empresarial privada.
Debemos desarrollar un mecanismo de trazabilidad y formalización garantizado, de los minerales que tratan y venden.
Sería indispensable contar con un mecanismo de esta naturaleza, y que estas empresas puedan ser certificadas por instituciones internacionales de prestigio, para que, bajo su responsabilidad, se garantice al país y a los compradores internacionales, el origen legal del material, el adecuado cumplimiento de las normas ambientales y de derechos humanos, respaldados por una Carta Fianza de Fiel Cumplimiento, ante el Estado peruano.
Fuente: CanalB
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