El Tribunal Constitucional (TC) decidió poner un alto provisional al retorno de Delia Espinoza como fiscal de la Nación, tras declarar fundada la medida cautelar presentada por la Junta Nacional de Justicia (JNJ). Con cinco votos a favor y dos en contra, el colegiado suspendió la resolución del juez Juan Torres Tasso que ordenaba la restitución inmediata de la exfiscal. Los magistrados Helder Domínguez y Luis Monteagudo votaron en disidencia.
La JNJ acudió al TC argumentando que la orden judicial debía frenarse antes del vencimiento del plazo para ejecutar la reposición. La institución, presidida por Gino Ríos Patio, sostuvo que la medida dictada por el juez Torres Tasso vulneraba principios esenciales como la autonomía e independencia de los órganos constitucionales, pilares indispensables para el funcionamiento del sistema de justicia.
Espinoza fue destituida tras enfrentar acusaciones por presuntas irregularidades en el ejercicio de sus funciones, entre ellas abuso de autoridad, falsedad genérica, prevaricato y usurpación de funciones. Estos señalamientos están actualmente bajo evaluación del Congreso, que avanza en un proceso de inhabilitación y ha autorizado, además, una investigación penal por los presuntos delitos imputados a la exfiscal.
La controversia escaló después de que el juez Torres Tasso ordenara la reposición inmediata de Espinoza, generando un enfrentamiento directo con la JNJ, que advertía un grave riesgo para la confianza pública en las instituciones. Con la decisión adoptada por el TC, la restitución queda suspendida mientras se analiza el fondo del caso, lo que constituye un respaldo explícito a la independencia del organismo encargado de nombrar y sancionar a jueces y fiscales.
Los magistrados que votaron en contra de la medida cautelar sostuvieron que no se habían acreditado los elementos suficientes para suspender una resolución judicial y que esta debía mantenerse vigente hasta que el Tribunal emitiera un fallo definitivo. Sin embargo, la mayoría consideró que proceder con la reposición generaría un perjuicio irreparable a la JNJ y afectaría el equilibrio de poderes, elemento central en la protección del orden constitucional.
Fuente: CanalB
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