El Ejecutivo, al amparo de las facultades legislativas otorgadas por el Parlamento, emitió un decreto que obliga a los proveedores digitales no domiciliados en nuestro país a pagar el Impuesto General a las Ventas (IGV), que, a la fecha, se ubica en 18%.
De acuerdo con el Decreto Legislativo N.º 1623, que modifica la Ley del IGV respecto al uso de servicios digitales y la importación de bienes intangibles a través de internet, tanto Netflix, como un número considerable de proveedores digitales que no cuenten con domicilio fiscal en el Perú, deberán tramitar el número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) en la Sunat, y así facilitar el acceso a una declaración oportuna de IGV.
El dispositivo, firmado por la presidenta Dina Boluarte, el premier Gustavo Adrianzén y el ministro de Economía, José Arista, establece que este impuesto comenzará a aplicarse a partir del 1 de octubre.
En una entrevista, Arista adelantó que, en caso las plataformas digitales decidan no pagar o muestren renuencia, se conversará con los bancos para que sean los “agentes retenedores”, a pesar de que la banca no cuenta con la tecnología para ello.
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Fuente: CanalB
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