Opinión

Petroperú: la empresa doblemente inconstitucional; por Walter Gutiérrez C.

Publicado el 13 de agosto de 2026

Por Walter Gutiérrez C., abogado constitucionalista
Publicado en Gestión


El nuevo ministro de Economía ha calificado a Petroperú como “el mayor de los incendios” que recibe el Gobierno. La expresión es acertada, pero insuficiente. El problema ya no consiste solamente en cuánto pierde Petroperú o cuánto dinero necesitará para continuar operando. La pregunta es constitucional: ¿puede el Estado seguir gestionando una empresa que no puede sostenerse por sí misma y trasladar indefinidamente sus pérdidas a los ciudadanos?

 

Hace algún tiempo sostuve en estas páginas que Petroperú constituía un caso de flagrante inconstitucionalidad. Hoy existe una razón adicional para volver sobre el tema. Una reciente sentencia del Tribunal Constitucional ha reforzado una doctrina fundamental: el equilibrio presupuestal no es una simple regla contable, sino una garantía intergeneracional destinada a impedir que las decisiones de gasto de hoy comprometan los derechos y oportunidades de quienes vendrán mañana.

 

Petroperú aparece así como una empresa doblemente inconstitucional.

 

En Petroperú los gestores no arriesgan su patrimonio, los directorios cambian con los gobiernos y, cuando llegan las pérdidas, aparece siempre un accionista dispuesto a cubrirlas: el Estado.


La primera cuestión nace del artículo 60 de la Constitución. Nuestra carta magna admite solo excepcional y subsidiariamente la actividad empresarial del Estado, por ley expresa y por razones de alto interés público o manifiesta conveniencia nacional. Incluso bajo esas condiciones, una cosa es que el Estado pueda ser propietario de todo o parte de una empresa y otra que deba gestionarla.

 

Propiedad y actividad empresarial no son lo mismo. El Estado podría, excepcional y subsidiariamente, conservar todo o parte de la propiedad de una empresa. Otra cosa es gestionarla: nombrar directores y gerentes, invertir, contratar, endeudarse, asumir riesgos y definir su estrategia. Eso es hacer empresa.

 

Y allí aparecen los incentivos. En una empresa privada, una mala gestión destruye el patrimonio de sus propietarios y una empresa inviable puede quebrar. En Petroperú los gestores no arriesgan su patrimonio, los directorios cambian con los gobiernos y, cuando llegan las pérdidas, aparece siempre un accionista dispuesto a cubrirlas: el Estado.

 

Pero el dinero del Estado sí tiene dueño: los ciudadanos.

 

Petroperú acumula alrededor de US$ 7,900 millones de deuda y en los últimos años ha requerido miles de millones de dólares de apoyo estatal. Esa deuda no es una abstracción contable. Deberá pagarse, con sus intereses, con recursos que competirán con seguridad, salud, educación, infraestructura o prevención de desastres.

 

Aquí aparece la segunda inconstitucionalidad. El Tribunal Constitucional acaba de recordar que la sostenibilidad fiscal protege también a las generaciones futuras. Una generación no puede satisfacer ilimitadamente sus decisiones presentes trasladando la factura a quienes no participaron en ellas.

 

Las dos infracciones están conectadas. El Estado empresario genera las pérdidas y el Estado fiscal las socializa. Los gestores deciden, Petroperú se endeuda y los contribuyentes pagan. El fracaso de la primera regla constitucional termina provocando la vulneración de la segunda.

 

El ministro tiene razón: Petroperú es un incendio. Pero no es solamente la empresa la que arde. Cada rescate consume recursos destinados a otros derechos y cada nueva deuda compromete las posibilidades de quienes vendrán después.

 

Ese es el drama de Petroperú: los ciudadanos hemos terminado convertidos en accionistas forzosos de una empresa fallida. No decidimos cómo se administra, pero estamos obligados a cubrir sus pérdidas. Petroperú no solo quema dinero: quema nuestros derechos y compromete los de nuestros hijos.

 

 

 

Fuente: CanalB

Noticias relacionadas

Escribe un comentarios
Últimas publicaciones